La nueva normativa no deja prácticamente terrenos aptos para desarrollar la actividad. Buscarán que sea declarada inconstitucional.

“Sobre llovido, mojado”. La apicultura de la Provincia de Córdoba viene soportando avatares de diferentes tipos durante las últimas temporadas y ahora con la implementación de la nueva Ley de Bosques, prácticamente no quedarán terrenos aptos donde colocar las colmenas.
Esta nueva medida pone en riesgo las escasas 500 mil hectáreas de bosque nativo que tiene la provincia, y que apenas son un “vuelto” de los 12 millones de hectáreas originales.
El mayor impacto será en el norte, y los demás son sectores puntuales alrededor de ríos o caminos vecinales.
La medida fue aprobada con importantes modificaciones que afectarán sustancialmente al sector apícola y que podrían terminar con varias explotaciones dedicadas a la actividad.
En el 2008, se conformó la Comisión de Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo. La misma trabajó mediante talleres abiertos en diferentes puntos de la Provincia, donde participaron universidades, organizaciones sociales, científicos, investigadores, movimientos campesinos y personas en general, entre otros. Sin embargo y pese a los debates realizados en su momento, finalmente se aprobó un proyecto que presenta cambios significativos en diferentes artículos. “Se votó algo que no se había consensuado durante este periodo de trabajo”, explicó a Portal Apícola Paula Melegatti, de la Universidad Nacional de Río Cuarto. Quien además, declaró su malestar ante la falta de compromiso de los productores apícolas y aseguró “esto lo manifesté el año pasado en el Consejo Apícola. Les envié los proyectos para que lo analicen y nadie aportó una opinión y actualmente quienes siguen en actividad van al monte a producir”.

Modificaciones sustanciales
Seguramente bajo presión de sectores agropecuarios fuertes, el Proyecto de Ley aprobado difiere sustancialmente del original y entre los puntos más importantes se pueden mencionar un cambio en la definición de bosques nativos que sólo incluye a las zonas con “especie arbóreas maduras” y no los tres estratos verdes (árboles, arbustos e hierbas), se incorpora la categoría de aprovechamiento sustentable en la categoría roja y se la define como actividad productiva que incorpora el rolado y la siembra de exóticas como forraje para la ganadería industrial, se elimina la creación del cuerpo voluntario de guardianes del bosque nativo y la obligación de llamar a audiencia pública para casos de desmontes o aprovechamiento con cambio de uso de suelo, se redujo de 250 a 100 metros el área protegida en las riberas de los ríos.
Piden la inconstitucionalidad
Según explicó Melegatti a nuestro medio, la Comisión de Ordenamiento está trabajando para declarar inconstitucional a esta Ley, porque muchos de estos artículos se contraponen con la normativa Nacional.
Al respecto, la Ingeniera Forestal Natalia De Luca, que participó del proceso como técnica y representante de la Universidad Nacional de Río Cuarto, explicó a Portal Apícola “esto que se aprobó no se parece en nada a lo que habíamos trabajado con mucho esfuerzo en el marco de la Comisión de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos. Aquello era una ley de protección y recuperación del bosque y esto que se promulgó es una nueva ley de desmonte”. “Se va a realizar una declaración política en repudio al actuar de la Legislatura y del Poder Ejecutivo, porque no se respetó el proceso participativo del Proyecto de Ley inicial. Los Legisladores le dieron la espalda al pueblo y miraron al poder económico”, finalizó.
El artículo 41º de la Constitución Nacional señala que le “corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas". Esto significa que las normas jurisdiccionales no pueden resguardar menos que lo que se estableció a nivel nacional.
En consecuencia la Comisión de Ordenamiento entiende que la ley sancionada es inconstitucional porque está por debajo de la norma nacional 26.331 ("Ley Bonasso"). Los puntos que ambientalistas y científicos consideran ilegales son.
- Pendientes. La Ley Nacional prevé que se protejan las zonas con pendiente superiores al 5 por ciento. Esta variable fue eliminada de la norma provincial.
- Cambio de categoría. Para los ambientalistas, la Ley Provincial permite el desmonte de zonas con bosques nativos "donde exista o se genere infraestructura para producción bajo riego". El artículo 14º dice que, a pesar de que en esos predios haya bosques nativos, se lo considerará dentro de la categoría III, áreas donde se permite desmontar. La Ley Nacional no admite esta salvedad.
- Aprovechamiento sustentable. La Ley estipula que el territorio comprendido dentro de la zona roja puede ser objeto de "aprovechamiento sustentable". La norma nacional no contiene este punto y sólo admite que sean hábitat de comunidades indígenas, objeto de investigación científica o turismo sustentable. |